Proyecto permitiría que Gobiernos Locales ejecuten estrategias para combatir violencia

Proyecto permitiría que Gobiernos Locales ejecuten estrategias para combatir violencia

*Propuesta es impulsada por 16 diputados
*Ley contaría con declaratoria de interés público y nacional

Tras el incremento en los casos de violencia que se han presentado en el país, un grupo de diputados de la República se unieron para impulsar y apoyar un proyecto de ley en donde se le permitiría a los Gobiernos Locales crear y ejecutar estrategias para combatir la criminalidad en las comunidades.

El proyecto, que se tramita bajo el expediente 24497, lleva por nombre “Ley para Promover la Convivencia y Prevención de la Violencia en las Comunidades” y es impulsado por el exalcalde de Desamparados y diputado Gilbert Jiménez Siles.

También aparecen como firmantes los diputados de Nueva República (NR) Fabricio Alvarado y Jose Pablo Sibaja, la legisladora oficialista Luz Mary Alpízar (PPSD) y las diputadas independientes María Marta Padilla y Gloria Navas.

Así como la firma de diputados de la fracción verdiblanca (PLN) Óscar Izquierdo, Monserrat Ruiz, Jose Francisco Nicolás, Paulina Ramírez, Luis Fernando Mendoza, Sonia Rojas, Geison Valverde, Pedro Rojas, Danny Vargas y Alejandra Larios.

En el caso de Jiménez, Larios y Navas, también integran la Comisión Permanente Especial De Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.

¿Qué propone el Proyecto de Ley?

Este proyecto, que sería declarado de interés público y nacional, lo que busca es que los Gobiernos Locales tengan el permiso para crear una Estrategia Municipal cuyo objetivo principal sea promover la convivencia pacífica y prevenir la violencia en sus comunidades. Esto según lo que indicar el artículo 1 de la propuesta que puede leer a continuación:

Artículo 1. Se autoriza a los Gobiernos Locales para la creación de una Estrategia Municipal para promover la Convivencia y Prevención de la Violencia en las comunidades, con
el objeto de fortalecer y articular las capacidades institucionales interinstitucionales tanto a nivel local como regional y nacional en función de desplegar insumos de política pública para la gestión de programas y proyectos sociales, que deberán ajustarse a las características específicas del cantón, sus territorios y su población.

Con la finalidad, según se detalla en la propuesta de ley, de fortalecer y coordinar la capacidad de los Gobiernos Locales a nivel nacional para desarrollar y ejecutar programas y proyectos sociales que se alineen con las necesidades y características específicas de cada cantón, tal es el caso de sus territorios y su población, relacionados con temas de la prevención de la violencia.
Además, como parte de las propuestas del proyecto se encuentra la creación de una Unidad de Cohesión Social que tendrá como objetivo principal que se impulse “la creación de mecanismos que consoliden la cohesión social en los cantones”. Es decir, deben asegurar que la comunidad tenga una participación activa en temas de seguridad ciudadana.
Otro de los cambios que impulsa el proyecto de ley es la reforma del artículo 4 del Código Municipal, Ley 7794, de 30 de abril de 1998, para que se agreguen los siguientes incisos:
m) Impulsar políticas, programas y proyectos de seguridad, prevención de la violencia y el delito, juventud, cultura, deporte y otros, para alcanzar los mayores niveles, desarrollo humano y cohesión social en el cantón para la promoción de la convivencia ciudadana.
n) Promover de manera participativa proyectos para la transformación, rehabilitación, regeneración, y mejoramiento de las condiciones del entorno en las comunidades.
o) Impulsar la salud física y mental de los habitantes del cantón, estableciendo o participando en programas de prevención y combate de enfermedades y adicciones; organizando programas de bienestar social que protejan oportunamente a las personas.
p) Impulsar el desarrollo del deporte, la recreación, el arte y la cultura, promoviendo la infraestructura en los parques municipales que permitan el mayor bienestar para la comunidad.
Así como reformas a los artículos 71 y 195 de la ley antes mencionada, los artículos 2 y 13 de la Ley De Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el artículo 2 de la Ley Atención a la Mujeres en Condiciones de Pobreza (Ley 7769) y el artículo 10 de la Ley que Crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (Ley 9220).

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